Administración local

Cuerpo de Habilitación Nacional - Secretaría-Intervención

Ficha del Secretarios-Interventores, grupo A2 del EBEP, Administración local. Consulta histórico, grupo, convocante, enlaces oficiales y material relacionado para preparar la oposición con contexto verificable.

Convocatorias publicadas
0
Detectadas en sección II.B del BOE
Grupo EBEP
A2
Convocante
Administración local

Sobre el Secretarios-Interventores

El cuerpo

La Secretaría-Intervención es una de las subescalas de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, encuadrada en el grupo A2 del EBEP. La habilitación nacional significa que el funcionario se selecciona con criterios estatales y puede ocupar puestos reservados en cualquier ayuntamiento de España, con independencia de la comunidad autónoma. Esta subescala concreta está pensada para los municipios de menor tamaño y para entidades locales pequeñas, donde una sola persona reúne las funciones que en ayuntamientos grandes se reparten entre Secretaría, Intervención y Tesorería. Por eso la denominación combina las dos primeras: secretaría e intervención.

Funciones

El puesto concentra las funciones públicas necesarias reservadas a habilitados nacionales. Por el lado de la secretaría, la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo: dar fe de los acuerdos del pleno y de la junta de gobierno, levantar actas, custodiar documentación y emitir los informes jurídicos que la normativa exige antes de adoptar determinadas decisiones. Por el lado de la intervención, el control y la fiscalización interna de la gestión económica, presupuestaria y contable de la entidad. En la práctica, quien ocupa una Secretaría-Intervención garantiza que las actuaciones del ayuntamiento se ajustan a la ley y que el gasto público se controla antes y después de ejecutarse.

Acceso

El ingreso se realiza por oposición o concurso-oposición de ámbito estatal, gestionado a través del Instituto Nacional de Administración Pública y los órganos competentes en materia de función pública. Se exige titulación universitaria correspondiente al grupo A2. El temario es amplio y de marcado carácter jurídico y económico: derecho administrativo, régimen local, derecho constitucional, haciendas locales, contabilidad pública, contratación del sector público y procedimiento administrativo. Tras superar el proceso y el periodo de prácticas o curso selectivo, la persona queda habilitada e inscrita para concursar a las plazas reservadas. Las plazas convocadas, las ratios de aspirantes por plaza y las notas de corte de cada convocatoria figuran en el histórico de esta ficha.

Carrera y retribuciones

La habilitación nacional permite la movilidad entre entidades locales mediante concursos de provisión de puestos. Desde la Secretaría-Intervención se puede progresar hacia las subescalas de Secretaría y de Intervención-Tesorería, propias de municipios mayores y encuadradas en categorías superiores. La retribución se compone del sueldo base del grupo A2, trienios y los complementos de destino y específico que cada entidad fija en su relación de puestos de trabajo, por lo que varía según el tamaño y los recursos del ayuntamiento. Los importes concretos dependen del puesto y la entidad; consulta el histórico de esta ficha.

Quien encaja

Encaja un perfil jurídico-económico riguroso, cómodo trabajando solo y asumiendo responsabilidad directa sobre la legalidad y las cuentas de una entidad. Es una vía atractiva para quien quiere estabilidad y proyección nacional desde el primer destino, aunque suela empezar en municipios pequeños y a veces alejados.

Retribución básica (PGE 2023)

Retribuciones básicas del grupo A2 del EBEP, al que pertenece este cuerpo, según las tablas en euros del PGE 2023.
Concepto (grupo A2)ImporteDetalle
Sueldo base mensual1113,98 €Importe en cada una de las 12 mensualidades ordinarias.
Paga extraordinaria (sueldo)812,45 €Componente de sueldo de cada paga extra (junio y diciembre).
Trienio mensual40,44 €Importe por trienio devengado, en cada mensualidad.
Estimación informativa, no vinculante. Son las retribuciones básicas del grupo según el PGE 2023 (Ley 31/2022); última ley con tablas en euros en el BOE. El complemento específico y la productividad dependen del puesto concreto y no se recogen aquí. La cuantía actualizada se aplica con los incrementos anuales posteriores.
FuenteLey 31/2022 de PGE 2023 (BOE-A-2022-22128), arts. 19 y 22 · derivadoImportes mensuales = cuantía anual literal del BOE / 12 (división exacta).

Preguntas frecuentes

Resumen rápido de las dudas más habituales sobre Secretarios-Interventores.
¿Qué titulación se necesita para la Secretaría-Intervención?
Al tratarse de una subescala del grupo A2, se exige una titulación universitaria de las admitidas en la convocatoria estatal. Suelen tener encaje natural los grados en Derecho, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Políticas, Economía o Gestión y Administración Pública.
¿En qué se diferencia de las subescalas de Secretaría y de Intervención-Tesorería?
La Secretaría-Intervención reúne en una sola persona la fe pública, el asesoramiento legal y el control económico, y está reservada a municipios pequeños. En las entidades mayores esas funciones se separan: la subescala de Secretaría asume la parte jurídica y la de Intervención-Tesorería la económica y contable, en categorías superiores.
¿Dónde se trabaja con esta plaza?
En los puestos reservados a habilitados nacionales de ayuntamientos pequeños, mancomunidades y otras entidades locales de menor tamaño. La habilitación es nacional, así que se puede concursar a plazas de cualquier comunidad autónoma.
¿Se puede cambiar de ayuntamiento o promocionar?
Sí. La habilitación nacional permite moverse entre entidades locales mediante concursos de provisión. Además, cumpliendo los requisitos se puede acceder a las subescalas de Secretaría o de Intervención-Tesorería, propias de municipios de mayor población.

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