Grupo EBEP · B

Grupo B

Grupo intermedio introducido por el EBEP (2007). Poco extendido en convocatorias.

B
Cuerpos del grupo
0
Registrados en la Sección II.B del BOE
Convocatorias asociadas
0
Sección II.B del BOE
Titulación mínima
Técnico Superior (FP de grado superior)

Sobre el grupo B

Qué es el grupo B del EBEP

El Grupo B es un grupo intermedio introducido por el Estatuto Básico del Empleado Público en 2007 como nivel de clasificación específico para titulados en Formación Profesional de grado superior (Técnico Superior). En la práctica su despliegue ha sido muy limitado: la mayoría de cuerpos siguen organizándose por la dicotomía A2/C1 sin pasar por el grupo B.

Donde existe, el grupo B se concentra principalmente en cuerpos técnicos sanitarios y de laboratorio, en algunos cuerpos técnicos especializados de la AGE y en cuerpos autonómicos.

Por qué existe pero es poco frecuente

La razón principal de su escasa implantación es histórica: cuando el EBEP introdujo el grupo B, los cuerpos preexistentes ya estaban organizados en A2 (Diplomados) y C1 (Bachiller). Reclasificar masivamente esos cuerpos en el grupo B exigía una negociación colectiva caso a caso que en la mayoría de organismos no se ha producido. Así, el grupo B existe en la norma pero apenas se utiliza en las convocatorias.

Qué cuerpos lo integran

Cuerpos que han adoptado o mantienen el grupo B:

  • Técnicos especialistas sanitarios (TES): radiología, laboratorio, anatomía patológica, dietética, higiene bucodental, ortoprotésica, en aquellos servicios autonómicos de salud que han adoptado la clasificación.
  • Cuerpos técnicos de laboratorio en algunos organismos públicos de investigación.
  • Cuerpos técnicos autonómicos con denominación específica en algunas CCAA.

La mayoría del personal con Técnico Superior de FP sigue accediendo por la vía C1 mientras no haya reclasificación expresa del cuerpo.

Cómo se accede

El acceso requiere:

  • Título de Técnico Superior de Formación Profesional de grado superior en la especialidad correspondiente, o titulación equivalente reconocida.
  • Oposición o concurso-oposición, según el cuerpo y la administración convocante.

Las pruebas son habitualmente similares en estructura a las del C1 pero con temario más técnico y especializado en la disciplina.

Retribuciones y carrera

El sueldo base del grupo B se sitúa entre el del A2 y el del C1 en la pirámide retributiva del EBEP, reflejando su carácter de grupo intermedio. Los niveles de complemento de destino habituales están en torno a 14-22.

La carrera dentro del grupo B es limitada precisamente por el escaso despliegue del grupo. La promoción típica es hacia el A2 mediante obtención de titulación universitaria de Grado y oposición o promoción interna en un cuerpo afín.

Quién encaja

Titulados de FP de grado superior en especialidades sanitarias o técnicas que buscan acceso al empleo público en su especialidad concreta. Conviene revisar caso a caso las convocatorias del servicio o administración correspondiente, dada la heterogeneidad de su uso entre administraciones.

Retribución (PGE 2023)

Retribuciones básicas del grupo B según las tablas en euros de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023.
Concepto (grupo B)ImporteDetalle
Sueldo base mensual973,77 €Importe en cada una de las 12 mensualidades ordinarias.
Paga extraordinaria (sueldo)841,63 €Componente de sueldo de cada paga extra (junio y diciembre).
Trienio mensual35,48 €Importe por trienio devengado, en cada mensualidad.
Estimación informativa, no vinculante. Son las retribuciones básicas del grupo según el PGE 2023 (Ley 31/2022); última ley con tablas en euros en el BOE. El complemento específico y la productividad dependen del puesto concreto y no se recogen aquí. La cuantía actualizada se aplica con los incrementos anuales posteriores.
FuenteLey 31/2022 de PGE 2023 (BOE-A-2022-22128), arts. 19 y 22 · derivadoImportes mensuales = cuantía anual literal del BOE / 12 (división exacta).

Cuerpos del grupo B

Ordenados por actividad en el BOE.
NombreConvocatoriasConvocante

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre el grupo B del EBEP.
¿Por qué hay tan pocos cuerpos del grupo B?
El grupo B se introdujo por el EBEP en 2007 como nivel intermedio para Técnicos Superiores de FP. La reclasificación de los cuerpos preexistentes en este grupo exigía negociación colectiva específica caso a caso que en la mayoría de organismos no se ha producido. Resultado: el grupo B existe en la norma pero la mayoría de cuerpos siguen en A2 o C1.
¿Qué titulación se necesita para opositar al grupo B?
Título de Técnico Superior de Formación Profesional de grado superior (en la especialidad correspondiente al cuerpo convocado), o titulación equivalente reconocida.
¿Dónde es más habitual encontrar plazas del grupo B?
En cuerpos técnicos sanitarios (Técnicos Especialistas en radiología, laboratorio, anatomía patológica, dietética) de los servicios autonómicos de salud que han adoptado la clasificación. También en algunos cuerpos técnicos de laboratorio de organismos públicos de investigación y en cuerpos autonómicos específicos.
¿Cuánto cobra un funcionario del grupo B?
El sueldo base se sitúa entre el del A2 y el del C1. Las retribuciones concretas las fija anualmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ámbito estatal y la normativa autonómica equivalente para los cuerpos autonómicos.
¿Es lo mismo el grupo B que el subgrupo C1?
No. Aunque están consecutivos en la pirámide del EBEP, son grupos distintos. El B exige Técnico Superior de FP; el C1 exige Bachillerato o Técnico de FP de grado medio. El sueldo base y los niveles habituales de complemento de destino también difieren.
¿Se puede promocionar del grupo B al A2?
Sí, mediante obtención de la titulación universitaria de Grado y participación en convocatorias del A2 correspondiente, ya sea por turno libre o por turno de promoción interna con la antigüedad requerida.

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